Códigos de conducta
OBLIGACIONES:
- Cumplir con todas las normas de orden técnico y administrativo que dicte la institución a través de manuales, reglamentos, instructivos, circulares o reglas de carácter general o especial.
- Acatar las órdenes e instrucciones lícitas que reciban de sus superiores, en atención al servicio que prestan.
- Observar las medidas preventivas de seguridad e higiene que contemplan las normas a que están sujetos, así como las que indiquen las autoridades competentes en beneficio de los propios empleados y del centro de trabajo.
- Realizar sus labores con la mayor intensidad y calidad posibles, de acuerdo con las actividades y funciones que les corresponda desempeñar, y por lo mismo hacer los mayores esfuerzos, sin mengua de su salud y facultades físicas o mentales, para obtener los mejores resultados y calidad en su trabajo. Asimismo deberán mostrar su profesionalismo, honradez y discreción en el desarrollo de sus funciones.
- Asistir al trabajo y presentarse puntualmente, así como desempeñar sus labores dentro de su jornada de trabajo.
- Presentarse al trabajo aseado y adecuadamente vestido, utilizando el uniforme autorizado de lunes a domingo.
- Hacer del conocimiento de su jefe inmediato, lo más pronto posible, las causas justificadas que les impidan concurrir a sus labores.
- Guardar la compostura y disciplina debidas dentro de la jornada laboral.
- Dirigirse hacia los superiores y demás compañeros con respeto y consideración.
- Dirigirse a los usuarios del servicio con la mejor atención, respeto y comedimiento, proporcionando un servicio de calidad eficaz y oportuno.
- Conservar en buen estado y presentación los instrumentos, mobiliario, equipo y útiles que les haya asignado Bancaper para el desempeño de su trabajo, no siendo responsables por el deterioro que origine el uso normal de estos objetos, ni el ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor o por mala calidad o defectuosa fabricación.
- Prestar auxilio en cualquier tiempo que se necesite, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses de Bancaper, siempre y cuando no pongan en peligro su integridad física.
- Someterse a los reconocimientos médicos que la empresa determine.
- Guardar escrupulosamente el secreto profesional sobre información confidencial y asuntos administrativos reservados, cuya divulgación puede causar daño o prejuicio la empresa o a los usuarios del servicio.
- Hacer entrega de los documentos, fondos, valores y bienes cuya atención, administración o guarda estén a su cuidado, en los casos de suspensión o terminación del contrato individual de trabajo.
- Dar aviso de los cambios ocurridos en sus datos de carácter personal y,
- Las demás que imponga la Ley, el Contrato, el Reglamento y demás leyes y disposiciones aplicables.
PROHIBICIONES:
- Fumar en los lugares donde se encuentre prohibido hacerlo por la Empresa.
- Dormir durante las horas de trabajo.
- Tratar durante el trabajo asuntos ajenos al mismo.
- Hacer trabajos dentro de la empresa por cuenta propia.
- Ocupar el tiempo en cosas ajenas al trabajo, bien sea en su puesto, o en otro lugar distinto en que debe de estar el desempeño de su trabajo, o bien trasladarse a cualquier otro lugar diferente al que presente sus servicios, sin la orden correspondiente dada por la Empresa.
- Provocar riña o tomar parte en ellas en el interior de la Empresa.
- Inutilizar o descomponer la maquinaria, equipo, materia prima o producto terminado.
- Dejar de limpiar o dejar en desorden el área de trabajo o lugar donde se prestan los servicios.
- Abandonar la empresa durante las horas de trabajo sin el permiso correspondiente.
- Introducir a la Empresa bebidas alcohólicas, drogas, enervantes o estupefacientes.
- Encender fósforos o cualquier otro artefacto que pueda provocar incendios y explosiones en los archivos, bodegas y lugres en que haya artículos inflamables o explosivos.
- Prestar dinero con interés, así como realizar dentro de su jornada de trabajo o con perjuicio de las labores, operaciones a título personal con los usuarios del servicio o proveedores que no correspondan a las funciones propias de Bancaper.
- Permitir que personas ajenas a Bancaper utilicen o manejen los sistemas de cómputo, útiles e instrumentos de trabajo, papelería institucional, aparatos o vehículos confiados a su cuidado sin la autorización de su jefe inmediato.
- Igualmente se prohíbe a los trabajadores:
- Distraer a los demás en sus ocupaciones.
- Hacer inscripciones o dibujos en muebles o inmuebles de la empresa o de sus compañeros.
- Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia la maquinaria, el equipo, la materia prima o el producto terminado.
- Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia los lugares donde presten sus servicios.
- Arrojar papeles, desperdicios o basura fuera de los recipientes o depósitos destinados para tal efecto.
- Hacer colectas hacia los clientes, en horas de trabajo.
- Introducir a la empresa a familiares, amigos o personas ajenas a la misma o permitir que ejecuten labores que han sido asignadas al personal.
- Hacer ruidos innecesarios, proferir exclamaciones obscenas, jugar y ejecutar actos que alteren la disciplina.
- Permanecer en el centro de trabajo o introducirse a él fuera de las horas de trabajo, sin autorización superior.
- Disponer y usar para fines distintos al trabajo el mobiliario, equipo, y papelería que Bancaper les expida para el desempeño de sus funciones.
- Hacer cualquier clase de propaganda ajena a Bancaper, dentro del establecimiento.
- Organizar o participar en colectas, rifas, tandas, pirámides o similares, salvo aquellas que se propongan en forma general, voluntaria y aprobadas por Bancaper.
- Cambiar de puesto o de turno con otro empleado sin autorización del jefe inmediato, o utilizar los servicios de una persona ajena a su trabajo para desempeñar sus labores.
- Reportar o marcar las horas de entrada o salida de otro empleado, sin justificación alguna.
- Incurrir en cualquier acto u omisión intencional y doloso que sin entrañar paralización de las actividades, se traduzca en disminución de las mismas o en descenso de la productividad.
- Sustraer del centro de trabajo, útiles de trabajo o documentos sin autorización superior.
- Presentarse al centro de trabajo en estado de ebriedad o bajo influjos de alguna droga o enervante, salvo que exista prescripción médica, debiendo en este caso el empleado, hacer del conocimiento de Bancaper y presentar la prescripción suscrita por el médico.
- Comunicar a cualquier persona o empresa no autorizada, cualquier información que implique revelar información de Bancaper o informar sobre asuntos o negocios tanto de Bancaper como de su clientela.
- Alterar, modificar o destruir indebidamente, así como falsificar correspondencia, documentos, comprobantes y controles de Bancaper o de los usuarios del servicio, cualquiera que sea su objeto.
- Sea procurador, gestor, agente particular o tomar a su cuidado a título personal, el trámite de asuntos directamente relacionados con Bancaper aún fuera de sus labores.
- Solicitar a personas ajenas, clientes, proveedores o a los mismos empleados de la empresa, dádivas o algún otro artículo a cambio de sus servicios en Bancaper.
- Hacer uso indebido o excesivo de los medios de comunicación de Bancaper para fines distintos al trabajo.
- Todas las situaciones de hecho que afecten la buena marcha o imagen de la empresa.